Muchas personas no saben que pueden destinar su prestación por desempleo en iniciar un trabajo por cuenta propia a través del pago único, cuando es una medida muy atractiva para aquellas personas en situación de desempleo.
¿Cuáles son los requisitos?
1. Ser persona contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir a fecha de solicitud del pago único, al menos tres mensualidades.
2. No haber accedido al pago único en los últimos cuatro años.
3. Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único.
4. No haber impugnado el cese de la relación laboral por el cual se ha obtenido la prestación.
5. No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único.
6. Haber superado el periodo de prueba en caso de que la cooperativa prevea en sus estatutos que han de superarlo.
¿Qué modalidades existen?
Se puede capitalizar a través de dos modalidades: con un único pago del 100 % o en pagos mensuales.
¿Cuáles son los medios para presentarlo?
1. A través de la sede electrónica del SEPE.
2. En la propia oficina (cita previa, aquí).
3. En cualquier oficina de registro público.
4. Por correo administrativo.
¿Qué documentación se debe aportar?
1. Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial. (Puedes descargarlo, aquí).
2. Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
3. En el caso de extranjeros, con residencia legal en España:
· Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
· Fuera de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
4. Memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.
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